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Libérate de tus deudas gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad

Evaluamos tu situación financiera, te mostramos si puedes acogerte al proceso y diseñamos una estrategia clara para que recuperes tu tranquilidad económica.

Sin compromiso · 100% confidencial

Resultados con la Ley de la Segunda Oportunidad

Indicadores recientes de nuestro trabajo (estimaciones internas).

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personas asesoradas
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resoluciones favorables
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embargos paralizados
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años de experiencia

¿Las deudas te impiden avanzar?

No estás solo. Cada semana cientos de personas se encuentran atrapadas en una situación de insolvencia que parece no tener salida.

Algunos de los problemas más habituales:

  • Pagos que no llegan: préstamos, tarjetas o hipotecas que se vuelven imposibles de asumir.
  • Presión constante: llamadas y notificaciones de bancos o acreedores día tras día.
  • Inseguridad: miedo a perder tu hogar, tu negocio o el bienestar de tu familia.
  • Carga emocional: ansiedad y sensación de no ver una salida realista.

Si vives algo de esto, ya sabes lo agotador que puede ser. Pero con la Ley de la Segunda Oportunidad hay una salida legal y viable.

Persona con preocupación por deudas
Abogado revisando documentos legales

Recupera tu tranquilidad con la Ley de la Segunda Oportunidad

Con esta herramienta legal puedes liberarte de la presión, detener los embargos y construir un nuevo comienzo sin el peso de las deudas.

Lo que hacemos por ti:

  • Análisis legal rápido y claro de tu situación.
  • Estrategia personalizada para acogerte a la Ley con garantías.
  • Acompañamiento integral durante todo el procedimiento.
  • Objetivo: lograr la exoneración de tus deudas y que empieces de cero.

Cómo es el proceso

Tres pasos sencillos para acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad.

1

Contacto inicial

Nos cuentas tu caso y evaluamos rápidamente si cumples los requisitos.

2

Revisión y preparación

Reunimos la documentación necesaria y organizamos todo para iniciar el procedimiento.

3

Presentación y defensa

Presentamos tu caso y te acompañamos en cada paso hasta la resolución final.

Solo tendrás que proporcionarnos la información; nosotros nos encargamos del resto.

¿Quién puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad?

Casos frecuentes en los que conviene iniciar el proceso para cancelar deudas y empezar de cero.

Personas físicas (trabajadores o autónomos) que no pueden atender pagos de forma continuada.

Quienes tienen varios acreedores (bancos, tarjetas, microcréditos, proveedores, etc.).

Deudores de buena fe: sin ocultación de bienes ni condenas por delitos económicos.

Quienes sufren embargos, intereses crecientes o están incluidos en ficheros de morosos.

Autónomos con deudas mixtas (financieras y públicas) que necesitan reset para seguir trabajando.

Familias con cuotas impagadas que priorizan gastos esenciales y no llegan a final de mes.

Personas que confiaron en la Ley de la Segunda Oportunidad

Testimonios de quienes lograron cancelar deudas y recuperar la tranquilidad.

ML
María L.hace 2 semanas
Verificado
★★★★★

Después de años pagando intereses sin fin, me ayudaron a cancelar mis deudas. Ahora puedo empezar de cero sin miedo.

JG
Jorge G.hace 1 mes
✔ Verificado
★★★★★

Los bancos me acosaban a diario. Gracias a su asesoría pude frenar embargos y proteger mi vivienda.

AC
Ana C.hace 3 semanas
✔ Verificado
★★★★★

Soy autónoma y no veía salida. Me guiaron paso a paso hasta conseguir la exoneración total. Increíble trato.

RP
Raúl P.hace 5 días
✔ Verificado
★★★★★

Conseguí negociar mis deudas y salir del fichero de morosos. Ahora vuelvo a dormir tranquilo.

LM
Laura M.hace 1 semana
✔ Verificado
★★★★★

Me explicaron todo con claridad y sin falsas promesas. En pocos meses logré reestructurar mis finanzas.

DT
David T.hace 2 semanas
✔ Verificado
★★★★★

Profesionales cercanos y eficientes. Ahora mi familia vive sin la carga de las deudas que arrastrábamos.

Solicita tu consulta gratuita para cancelar tus deudas

Revisamos tu situación en 24–48 h y te decimos si puedes acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad, qué deudas podrían exonerarse y los pasos exactos para empezar.

Evaluación de viabilidad según tus ingresos, bienes y tipo de deuda (préstamos, tarjetas, proveedores…).

Plan claro de actuación con la documentación necesaria y el itinerario hasta la exoneración o plan de pagos.

Tiempos y expectativas reales para que sepas qué esperar en cada fase y cómo protegerte de embargos y reclamaciones.

Preguntas frecuentes

Respuestas rápidas a las dudas más comunes. Toca o haz clic para desplegar.

Esta ley está destinada a cualquier persona física, ya sea trabajador por cuenta ajena o autónomo, que no pueda afrontar sus deudas y cumpla con estas condiciones:

  • Demostrar buena fe en sus actuaciones.
  • Estar en insolvencia actual o inminente.
  • Tener al menos dos acreedores diferentes.
  • No haber sido condenado por delitos económicos.

Plazos para volver a acogerse:

  • 2 años desde una exoneración previa mediante plan de pagos.
  • 5 años si la resolución anterior incluyó liquidación de bienes.
  • Fin a las deudas: una vez canceladas, los acreedores no podrán reclamarlas.
  • Recuperación económica: salida de ficheros de morosidad y acceso de nuevo a financiación y servicios.
  • Protección jurídica: se detienen ejecuciones, embargos y la acumulación de intereses.
  • Sin bienes embargables: proceso más rápido y directo.
  • Con bienes embargables: puede ser necesaria la liquidación salvo excepciones, como salarios inembargables o bienes cuyo valor de mercado sea inferior a la deuda asociada.
  • Plan de pagos: posibilidad de saldar en hasta 5 años sin liquidar el patrimonio, si existen ingresos suficientes.
  • Ya no es necesario el acuerdo extrajudicial de pagos (menos tiempo y costes).
  • Duración máxima orientativa del procedimiento: 12 meses.
  • Se amplían los tipos de deudas exonerables.

Es un buen momento para aprovechar estas mejoras y recuperar tu tranquilidad económica.

  • Sanciones administrativas graves y multas penales.
  • Pensiones de alimentos.
  • Salarios impagados de los últimos 60 días previos al concurso.
  • Parte de los créditos públicos (posible exoneración hasta 10.000 € con Hacienda y 10.000 € con Seguridad Social bajo condiciones).
  • Costas judiciales vinculadas a la exoneración.
  • Deudas garantizadas con hipoteca u otros derechos reales (sobre el bien gravado).

Depende del nivel de deuda, del valor de mercado frente a la carga hipotecaria y de tu plan de pagos. En muchos casos puede evitarse la liquidación si el valor del inmueble es inferior a la deuda o el plan es viable.

Mensaje importante

Cada día que pasa con deudas es un día más de estrés y preocupación.

No dejes que la situación empeore. Podemos ayudarte a recuperar tu tranquilidad y empezar de nuevo con la Ley de la Segunda Oportunidad.

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